Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE CULTURA


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 307/2016

Bs. As., 30/06/2016

VISTO el Decreto N° 357/2002, modificado por su similar N° 35/2016, la Decisión Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 3595/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02, creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA.

Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, se encuentra la de “...entender en la planificación de políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil...”.

Que la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos, “...entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas que promuevan la producción e intercambio de conocimiento científico en temas relacionados a la cultura, generando innovación en este campo...”, entre otros.

Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la DIRECCION NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, en el ámbito de la SUBSECRETARIA antes mencionada.

Que la citada DIRECCION NACIONAL, tiene como responsabilidad primaria “desplegar acciones directas e indirectas que faciliten herramientas de gestión cultural, promoviendo el desarrollo de proyectos culturales sustentables”.

Que, con el objeto de potenciar el sector de las industrias culturales en el ámbito regional, construir corredores comerciales, promover el asociativismo de las cadenas de valor, y generar complementariedad en la participación en ferias, festivales y mercados internacionales, entre otros aspectos; se creó el MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR —MICSUR—; que propone un espacio amplio para el intercambio de productos de las industrias culturales de América del Sur. El encuentro regional tiene por objetivo conocer la oferta y las características del consumo, y también motorizar acuerdos de venta y comercialización de bienes y servicios culturales.

Que en 2014 se realizó la primera edición del MICSUR, en la Ciudad de Mar del Plata, propiciando un espacio de integración regional, promoviendo el intercambio real de acciones que potenciaron la circulación de bienes y servicios culturales al interior de los países, entre la región y con otros territorios del mundo.

Que el Mercado de Industrias Culturales del Sur —MICSUR— tiene por objetivo crear y consolidar una plataforma para el conocimiento, difusión, promoción, circulación y comercialización de bienes y servicios generados por las industrias culturales y creativas de la región.

Que el MICSUR es un encuentro bienal, que reúne a productores culturales de diez países del cono sur; Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Perú, Paraguay, Bolivia, Venezuela, Ecuador y Colombia, reuniendo seis sectores de las industrias culturales -audiovisual, editorial, música, artes escénicas, videojuegos y diseño.

Que en el mes de febrero de este año, se realizó la IV Reunión Ejecutiva del MICSUR 2016, donde se establecieron las pautas para la participación en la próxima reunión del MICSUR, a realizarse en la Ciudad de Bogotá, en el mes de octubre.

Que, en ese ámbito, se acordó la inscripción para participar en el encuentro, a través de un formulario online, al que se podía acceder mediante la registración en la plataforma web, desde el 1 de abril, quedando la fecha de cierre a criterio de cada país.

Que, a los efectos de lograr una equitativa presencia de los estados participantes, se resolvió que las delegaciones de cada uno de ellos, estarían integradas por sesenta (60) productores en total, divididos en diez (10) por sector —siete oferentes y tres demandantes—.

Que, dada la repercusión suscitada por la convocatoria, el interés demostrado por participar del evento, la dimensión de las propuestas recibidas, y habiéndose superado ampliamente las expectativas relacionadas con la cantidad de inscriptos, se considera oportuno un procedimiento transparente de selección para integrar la delegación Argentina, que tenga en cuenta la calidad y el carácter innovador, y al mismo tiempo, refleje el talento y la vocación de cada uno de los postulantes.

Que, con ese objetivo, resulta oportuno conformar un Comité de Selección para cada una de las especialidades involucradas, que evaluará las propuestas presentadas, emitiendo dictamen fundado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades delegadas por el Decreto N° 392/86, en lo establecido mediante Decreto N° 357/02 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa 213/16 y en el marco de los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la integración del Comité de Selección, para la conformación de la delegación argentina a la Segunda Edición del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR —MICSUR— a realizarse en la Ciudad de Bogotá, Colombia entre el 14 y 17 de octubre del corriente año; y los criterios de ponderación, conforme el anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, de la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, será la autoridad de aplicación e interpretación de las pautas establecidas en el Anexo I, que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, DESE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, y, cumplido, archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ANEXO I

MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR 2016

BOGOTA - COLOMBIA

CONFORMACION DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.

La selección de los postulantes para concurrir a MICSUR 2016, estará a cargo de un Comité especial para cada una de las industrias creativas representadas en el evento.

Cada Comité estará compuesto por cinco (5) miembros de acuerdo con el siguiente detalle: un (1) funcionario del Ministerio de Cultura con rango no inferior a Director Nacional y competencias vinculadas; un (1) representante especialista de la industria creativa específica proveniente del ámbito privado; un (1) miembro de la organización, cámara o ente rector representativo de la industria creativa específica; un (1) periodista especializado en la materia con reconocida trayectoria y un (1) representante del área académica respectiva con antecedentes comprobables en docencia e investigación.

La autoridad de aplicación designada en los términos del artículo 2° de esta Resolución, se encuentra facultada para designar a los miembros de cada Comité de Selección —respetando la integración establecida en el párrafo precedente— y para aprobar la selección efectuada por los Comité de Selección que actúen en cada categoría, ajustando su proceder a los criterios que aquí se establecen.

CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Se seleccionarán sesenta (60) productores en total, divididos en diez (10) por sector —siete oferentes y tres demandantes—, de modo que no quede ningún sector sin representación. Las presentaciones que se encuentren completas, serán evaluadas ponderando los siguientes parámetros:

• Calidad de la propuesta según el material provisto en el formulario, portafolio, material gráfico y audiovisual que se desprende de los links y la claridad conceptual.

• Trayectoria y experiencia previa en intercambios comerciales con el exterior y participación en ferias y mercados internacionales.

• Capacidad de exportación.

• Representatividad de la propuesta, proyectos que impliquen asociatividad de algún tipo, cámaras, asociaciones, clústers, consorcios de exportación; alianzas temporales concretadas especialmente para MICSUR, asegurando una amplia participación de empresas, productores, emprendimientos.

• Representación federal, propiciando la participación de la mayor cantidad de provincias dentro de la delegación nacional.

• Disponibilidad efectiva para atender las solicitudes de apoyo de pasajes y alojamiento en los casos en los que se haya dejado asentado en los formularios de inscripción.

• Diversidad en representación de sub sectores, dentro de cada categoría y/o sector de las industrias culturales convocadas.

• Capacidad de asociación y producción de proyectos en conjunto.

• Aptitud e idoneidad para generar y fortalecer el intercambio comercial de bienes y servicios dentro de la región, se tendrán en cuenta aquellas presentaciones que cumplan doble rol (comprador-vendedor).

PERIODO DE EVALUACIÓN. RESULTADOS. COMPROMISOS.

Los Comités de Selección evaluarán las presentaciones, de acuerdo con los factores de ponderación expuestos, a partir del 20 de junio de 2016. Se labrará un acta por categoría, con la fundamentación de la decisión que se adopte.

Esta decisión será inapelable, no existiendo instancias recursivas y/o revisoras de ninguna índole.

El Ministerio de Cultura de la Nación dará a conocer el resultado de la selección, a partir del día 8 de Julio de 2016, mediante su publicación en la página web micsur.cultura.gob.ar.

Dentro de los 10 días siguientes a la publicación los resultados, los postulantes seleccionados para asistir a MICSUR 2016, deberán presentar y/o enviar copia certificada de toda la documentación respaldatoria de los datos ingresados en la etapa de inscripción.

En ese marco, deberán presentar:

Personas Jurídicas:

1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de constitución, estatuto actualizado de la entidad, y última designación de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado. (Copias certificadas)

2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.

3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el representante legal de la entidad.

Personas Físicas.

1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.

2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.

3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.

Asimismo, en todos los casos, deberán presentar carta compromiso asumiendo todos los gastos de traslado hasta la sede del evento y alojamiento en la sede (en los casos en que no hayan solicitado o no posean el otorgamiento de ese beneficio), así como traslados internos y gastos de manutención durante la estadía en todos los casos. Deberán presentar también todas las cartas de intención, informes y autorizaciones establecidos en el apartado “compromiso de los ganadores” del documento digital de convocatoria. La referida obligación será cumplimentada en Av. Alvear N° 1690 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION, Dirección de Mesa de Entradas.

El adecuado cumplimiento de este requisito, así como la asistencia a todas las instancias de capacitación dispuestas por la autoridad de aplicación de la presente medida, serán condición necesaria para la efectiva participación de los postulantes seleccionados en MICSUR 2016.

e. 04/07/2016 N° 46670/16 v. 04/07/2016
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