Resolución Conjunta 10 / 2003
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución Conjunta 29471 / 2003
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
SEGUROS
RC 27248-14/1999- SNN- SAFJP - MODIFICACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 22-09-2003
- Número:
- Boletín Oficial número: 30239
- Página:
- 28
VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Y EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILIACIONES Y PENSIONES RESUELVEN:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el ítem d) del Art 2° - Definiciones de las Condiciones Generales del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 27.248-14/1999 por el siguiente:
'd) Edad inicial: Edades al inicio de vigencia de la póliza. Las edades se computarán desde la fecha de devengamiento correspondiente y deberán ser expresadas en meses enteros cumplidos.'
ARTICULO 2° — Incorpórese como último párrafo del artículo 4° - Asegurados y Beneficiarios de las Condiciones Generales del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 27.248-14/1999 el que se enuncia a continuación:
'Si alguno de los derechohabientes perdiera el derecho a la percepción del beneficio, se recalculará el beneficio de los otros derechohabientes con exclusión de éste, quienes concurrirán en proporción a los porcentajes que les corresponda conforme lo establecido en el artículo 98° de la Ley 24.241'.
ARTICULO 3° — Sustitúyase la Nota Técnica del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 27.248-14/1999 por la que se adjunta a la presente como Anexo I.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros.
Fdo.: CARLOS WEITZ, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.
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NOTA: La versión completa de la presente Resolución, se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B. - Tucumán 480 Capital Federal.