Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 29/2016

Mendoza, 15/09/2016

VISTO el Expediente N° S93:0008088/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, la Resolución N° 188 de fecha 20 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las actuaciones citadas en el Visto, se promueve la consignación de procedencia de los productos que presentan los administrados en solicitudes de Análisis para Particulares.

Que entre las determinaciones analíticas que realiza el Organismo se encuentran los Análisis para Particulares, los cuales se encuentran contemplados en la Resolución N° 188 de fecha 20 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que durante dichas prácticas, realizadas bajo esta modalidad, se han encontrado productos vitivinícolas y productos y/o elementos de uso enológico que no responden a la normativa vigente en lo que ataña a la genuinidad.

Que resulta necesario conocer la procedencia de los mismos a fin de generar las acciones correspondientes para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente y la protección al consumidor.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 155/16,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — A partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA, en la solicitud de Análisis para Particulares y como requisito para su admisibilidad, el interesado deberá consignar con carácter de Declaración Jurada, el Tipo de Producto, Volumen y Año de Elaboración, y Nombre y Número de inscripción ante el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA del establecimiento en el que se encuentra depositado el producto.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, archívese. — Ing. Agr. CARLOS RAÚL TIZIO MAYER, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

e. 19/09/2016 N° 68291/16 v. 19/09/2016
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