Presidencia de la Nación

Resolución 28 / 2018

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL


SEGURIDAD SOCIAL

MOVILIDAD JUBILATORIA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 19-Feb-2018
Resumen:

EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE MARZO DE 2018, ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 27.426, SERA DE PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 7.660,42.-). EL HABER MAXIMO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE MARZO DE 2018 ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.417 SERA DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTIUNO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 56.121,65.-).

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