Presidencia de la Nación

Resolución 24 / 2012

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MERCOSUR

VERSIONES EN ESPAÑOL Y PORTUGUES DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR - MODIFICACION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
36

Normativa



VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 5/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:


Art. 1 - Aprobar las modificaciones en las versiones en español y portugués de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, que figuran como Anexo I y II, respectivamente, y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 01/VII/2012, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales previo a esa fecha.

XL GMC EXT. - Mendoza, 26/VI/12.
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