Presidencia de la Nación

Resolución 19 / 1995

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)


BODEGAS. FABRICAS DE MOSTOS. FRACCIONADORES

DECLARACIONES JURADAS MENSUALES. PLAZO MAXIMO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 31-Ago-1995
Resumen:

ESTABLECESE EL PLAZO MAXIMO PARA CUMPLIMENTAR LA PRESENTACION DE LAS DD.JJ. MENSUALES DE BODEGAS, FABRICAS DE MOSTOS Y DE PLANTAS DE FRACCIONAMIENTO.-

Observaciones:

ABROGADA POR RESOLUCION C 31/2003 - ART. 3 - BOLETIN OFICIAL 27/10/2003 - PAG. 5.

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