Resolución GENERAL 18 / 2017
COMISION ARBITRAL
COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
FECHAS DE VENCIMIENTO - PRESENTACION DECLARACION JURADA Y PAGO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33770
- Página:
- 36
Texto original de la norma
Buenos Aires, 06/12/2017
VISTO:
El Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias “SIRCREB” Resolución General N° 104/2004; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas por parte de las entidades financieras para el periodo fiscal 2018.
Por ello
LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese para el período fiscal 2018 las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias SIRCREB del impuesto sobre los ingresos brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que de fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere con un día de vencimiento fijado en el calendario del anexo de la presente, dicha fecha operará el día hábil inmediato siguiente al mismo.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto José Arias, Presidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Nota Infoleg:
VISTO:
El Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias “SIRCREB” Resolución General N° 104/2004; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas por parte de las entidades financieras para el periodo fiscal 2018.
Por ello
LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese para el período fiscal 2018 las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias SIRCREB del impuesto sobre los ingresos brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que de fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere con un día de vencimiento fijado en el calendario del anexo de la presente, dicha fecha operará el día hábil inmediato siguiente al mismo.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto José Arias, Presidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 13/12/2017 N° 96682/17 v. 13/12/2017
Nota Infoleg: