Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 158-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2017

VISTO, las Leyes Nacionales Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894; el Decreto Reglamentario Nº 1.122/07; Decreto Nº 700/10; las Resoluciones Nº 587/07, Nº 456/11, N° 369/12 y N° 479/13, el Expediente Nº E- INAI-50295-2015 del registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento técnico, jurídico y catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.160, reglamentarias y modificatorias, en la COMUNIDAD ORIGINARIA AYLLU VALLE DEL SOL, perteneciente al pueblo Tastil, ubicada en la localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, provincia de Salta, Personería Jurídica N° 273/09 del del Registro de Comunidades Indígenas de la Provincia – Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta.

Que mediante la Ley Nº 26.160 se declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades Indígenas cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554 y N° 26.894.

Que el Decreto Nº 1.122/2007 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.

Que por Resolución Nº 587/2007 se crea el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma tradicional, actual y pública.

Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el marco del relevamiento territorial celebró un Convenio de Cooperación con el Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta, aprobado por Resolución Nº 456/11.

Que en tal sentido, con el objetivo de relevar los territorios ocupados en forma actual, tradicional y pública por las Comunidades Indígenas de la provincia de Salta, las partes suscribieron un Convenio Específico, aprobado por Resolución INAI N° 369/12 y modificado por Resolución INAI N° 479/12.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ha procedido a realizar el control preventivo de legalidad del acto administrativo.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico, catastral en la COMUNIDAD ORIGINARIA AYLLU VALLE DEL SOL, ubicada en la localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, provincia de Salta, Personería Jurídica N° 273/09 del Registro de Comunidades Indígenas de la Provincia – Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta.

ARTICULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de la COMUNIDAD INDIGENA ORIGINARIA AYLLU VALLE DEL SOL, perteneciente al pueblo Tastil, respecto de la superficie georreferenciada, que figura como Anexo I (IF–2017 – 13204389–APN–INAI# MJ).

ARTICULO 3°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. —Raul Eduardo Ruidiaz.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/07/2017 N° 48471/17 v. 11/07/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO



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