Normativa
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1428/2011
Registro Nº 1488/2011
Bs. As., 19/10/2011
VISTO el Expediente Nº 286.398/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
y
Considerando:
Que a foja 2 del Expediente Nº 286.398/11 obra el Acuerdo celebrado entre
Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen una nueva escala salarial para el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1152/10 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de la personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que, por último, una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución 5 las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º de
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a
Expediente Nº 286.398/11
Buenos Aires, 24 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en
ACTA ACUERDO
En
PRIMERO. Modificar la escala de Sueldos Básicos Mensuales (SBM) establecida en el “Art. 24 Sueldo básico mensual” del CCT 1152/10 “E” vigente, incrementando a partir del primero de diciembre de 2010 los Sueldos Básicos Mensuales de las categorías según el siguiente detalle:
| CATEGORIA | SBM al 01/11/2010 | SBM a partir del 01/12/2010 |
| U-VI | $ 6.610 | $ 8.791,30 |
| U-V | $ 5.900 | $ 7.847,00 |
| U-IV | $ 5.130 | $ 6.822,90 |
| U-III | $ 4.350 | $ 5.785,50 |
| U-II | $ 3.480 | $ 4.628,40 |
| U-I | $ 2.900 | $ 3.857,00 |
SEGUNDO: Ambas partes quedan autorizadas recíprocamente a solicitar la homologación del presente acuerdo, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de
Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.