Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA



DECLARACIONES OFICIALES

Ley 27628

Día del Electrodependiente por Cuestiones de Salud.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Institúyase el día 17 de mayo de todos los años como Día del Electrodependiente por Cuestiones de Salud como recordatorio del compromiso de toda la sociedad en la lucha y concientización de los derechos de las personas electrodependientes por cuestiones de salud.

Artículo 2°- El Poder Ejecutivo nacional propiciará el desarrollo de actividades culturales, académicas y educativas de sensibilización, concientización, promoción y fomento del respeto de los derechos y la dignidad de las personas electrodependientes por cuestiones de salud.

Artículo 3°- Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones y las actividades comprendidas en el artículo 2° de la presente ley.

Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

REGISTRADA BAJO EL N° 27628

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 17/06/2021 N° 42025/21 v. 17/06/2021
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