Normativa
Sancionada: Septiembre 17 de 2014
Promulgada de Hecho: Octubre 24 de 2014
ARTICULO 1° — Denomínese Clemente Ordóñez al puente carretero ubicado en la ruta nacional Nº 40 sobre el río Neuquén a la altura de la localidad de Chos Malal, provincia del Neuquén.
ARTICULO 2° — El Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos pertinentes, dispondrá la señalización del mismo con la siguiente indicación: Puente Clemente Ordóñez.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
Promulgada de Hecho: Octubre 24 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Denomínese Clemente Ordóñez al puente carretero ubicado en la ruta nacional Nº 40 sobre el río Neuquén a la altura de la localidad de Chos Malal, provincia del Neuquén.
ARTICULO 2° — El Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos pertinentes, dispondrá la señalización del mismo con la siguiente indicación: Puente Clemente Ordóñez.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.988 —
AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.