Presidencia de la Nación

Ley 26028

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


IMPUESTOS

TRANSFERENCIA O IMPORTACION GAS OIL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 06-Mayo-2005
Resumen:

ESTABLECESE UN IMPUESTO SOBRE LA TRANSFERENCIA A TITULO ONEROSO O GRATUITO, O IMPORTACION, DE GASOIL O CUALQUIER OTRO COMBUSTIBLE LIQUIDO QUE LO SUSTITUYA EN EL FUTURO, CON AFECTACION ESPECIFICA AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y/O A LA ELIMINACION O REDUCCION DE LOS PEAJES EXISTENTES, A COMPENSACIONES TARIFARIAS A LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR, AL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR Y A LOS SUBSIDIOS E INVERSIONES PARA EL SISTEMA FERROVIARIO DE PASAJEROS O DE CARGA, DE MODO QUE INCIDA EN UNA SOLA DE LAS ETAPAS DE SU CIRCULACION. SUJETOS PASIVOS. ALICUOTA. EXCEPCIONES. VIGENCIA DEL IMPUESTO.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 147 DE LA LEY 27.430, B.O. 29/12/2017, PAGINA 3. VIGENCIA: EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN BOLETIN OFICIAL Y SURTIRAN EFECTO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL TITULO IV.

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