Presidencia de la Nación

Ley 25891

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


SERVICIOS DE COMUNICACIONS MOVILES

EMPRESAS LEGALMENTE AUTORIZADAS - COMERCIALIZACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Mayo-2004
Resumen:

ESTABLECESE QUE, LA COMERCIALIZACION DE LOS MENCIONADOS SERVICIOS PODRA REALIZARSE, UNICAMENTE, A TRAVES DE LAS EMPRESAS LEGALMENTE AUTORIZADAS PARA ELLO, QUEDANDO PROHIBIDA LA ACTIVIDAD DE REVENDEDORES, MAYORISTAS Y CUALQUIER OTRA PERSONA QUE NO REVISTA ESE CARACTER. CREASE EL REGISTRO PUBLICO NACIONAL DE USUARIOS Y CLIENTES DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES MOVILES.

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