Normativa
MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley Nº 24.897
Declárase Lugar Histórico Nacional bajo la tipología de Sitio Arqueológico un área de reserva paleontológica y Ecológica en la Provincia del Neuquén.
Sancionada: Noviembre 5 de 1997
Promulgada: Noviembre 28 de 1997
B.O: 10/12/97
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º-Declárase Lugar Histórico Nacional bajo la tipología de Sitio Arqueológico, a la zona de la provincia del Neuquén delimitada por: al norte la intersección de la Ruta Nacional 237 y el acceso a la Villa y represa de El Chocón; al sur por la intersección de la ruta mencionada y el acceso a la localidad de Picún Leufú; al este por la línea de costa del margen neuquino del Lago Exequiel Ramos Mexia y al oeste por una línea imaginaria paralela a dicha línea de costa y a 5 kilómetros de esta, según se detalla en el plano que se incorpora como anexo 1.
ARTICULO 2º-Incorpórese en el Registro de Bienes a cargo de la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos, el yacimiento mencionado en el artículo anterior.
ARTICULO 3º-La Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos, convendrá con las autoridades pertinentes de la provincia del Neuquén, los términos y el alcance de la cooperación a brindar.
ARTICULO 4º-Comuniquese al Poder Ejecutivo,
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.897-
ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
Decreto 1305/97
Bs. As., 28/11/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.897, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe.