DEPORTES
LICENCIA ESPECIAL DEPORTIVA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Mar-1974
Resumen:
TODO DEPORTISTA AFICIONADO QUE COMO CONSECUENCIA DE SU ACTIVIDAD SEA DESIGNADO PARA INTERVENIR EN CAMPEONATOS REGIONALES SELECTIVOS, DISPUESTOS POR LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE SU DEPORTE EN LOS CAMPEONATOS ARGENTINOS PARA INTEGRAR DELEGACIONES QUE FIGUREN REGULAR Y HABITUALMENTE EN EL CALENDARIO DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES, PODRA DISPONER DE UNA LICENCIA ESPECIAL DEPORTIVA EN SUS OBLIGACIONES LABORALES, TANTO EN EL SECTOR PUBLICO COMO EN EL PRIVADO, PARA SU PREPARACION Y/O PARTICIPACION EN LAS MISMAS.