Presidencia de la Nación

Ley 18309

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ARTE DE CURAR

TRANSFERENCIA DE COMPETENCIA - FACULTESE AL PODER EJECUTIVO NACIONAL

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
2

Normativa



Buenos Aires, 8 de agosto de 1969

En uso de las atribuicones por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

El Presidente de la Nación Argentina Sanciona y Promulga con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional para transferir a la Municipalidad de la Ciudad Buenos Aires, la competencia que la Ley N° 17.132 acordó a la Secretaría de Estado de Salud Pública para la aplicación de las normas de dicha ley, en jurisdicción de la Capital federal.
Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Onganía. - Carlos A.  Consigli.
 
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