Normativa
HUESPEDES OFICIALES
Decreto 93/98
Convalídase el tratamiento acordado al Vicecanciller del Líbano y comitiva.
Bs. As., 26/1/98
B.O: 29/01/98
VISTO la visita efectuada al país por el señor Vicecanciller del LIBANO, S. E. Embajador D. Zafer EL HASSAN y comitiva, entre los días 27 y 29 de noviembre de 1997, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1º, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENI E DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al señor Vicecanciller del LIBANO, S.E. Embajador D. Zafer EL HASSAN y comitiva, durante su permanencia en la República, entre los días 27 y 29 de noviembre de 1997.
Art. 2º-Atiéndase con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXI'ERIORES, COMERCIO INTERNACIONALY CULTO - para el ejercicio 1998, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.