Normativa
Bs. As., 14/4/1978
VISTO los Decretos Nº 165/77, Nº 1869/77, el expediente Nº 1035/77 - MP y las Notas Nº 72/77 – “C” del Comando en Jefe de la Armada, Nº 862836 del Comando en Jefe de la Fuerza Aérea, Nº 80932/2 SC del Comando en Jefe del Ejército, y
CONSIDERANDO:
Que la variedad y cantidad de equipos de computación de datos que utilizan las Fuerzas Armadas, la estricta reserva que debe guardarse sobre ellos y la agilidad operativa que requiere su contratación, hacen aconsejable un régimen de excepción para las mismas.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Exceptúase a la compra o alquiler de máquinas o equipos de sistematización de datos destinados al uso de las Fuerzas Armadas y a las contrataciones que estas celebren de servicios de procesamiento de datos a terceros, de las disposiciones de los Decretos Nº 165/77 y Nº 1869/77 y de la autorización y control del Ministerio de Planeamiento.
Art. 2° — Comuníquese y ARCHIVESE. — VIDELA.
VISTO los Decretos Nº 165/77, Nº 1869/77, el expediente Nº 1035/77 - MP y las Notas Nº 72/77 – “C” del Comando en Jefe de la Armada, Nº 862836 del Comando en Jefe de la Fuerza Aérea, Nº 80932/2 SC del Comando en Jefe del Ejército, y
CONSIDERANDO:
Que la variedad y cantidad de equipos de computación de datos que utilizan las Fuerzas Armadas, la estricta reserva que debe guardarse sobre ellos y la agilidad operativa que requiere su contratación, hacen aconsejable un régimen de excepción para las mismas.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Exceptúase a la compra o alquiler de máquinas o equipos de sistematización de datos destinados al uso de las Fuerzas Armadas y a las contrataciones que estas celebren de servicios de procesamiento de datos a terceros, de las disposiciones de los Decretos Nº 165/77 y Nº 1869/77 y de la autorización y control del Ministerio de Planeamiento.
Art. 2° — Comuníquese y ARCHIVESE. — VIDELA.