OBRAS SOCIALES
CAMBIO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Feb-1997
Resumen:
SUSTITUYESE EL ARTICULO 4 DE LA RESOLUCION DE MSAS Nº 633 DEL 18/12/96, RATIFICADA POR DECRETO Nº 1560/96, POR EL SIGUIENTE: LA OPCION DE CAMBIO PODRA EJERCERSE SOLA UNA VEZ AL AÑO. EL PERIODO EN EL QUE DICHA OPCION PODRA EJERCERSE SE EXTENDERA DESDE EL 1/5 HASTA EL 30/6/ DE CADA AÑO. EN TODOS LOS CASOS LA MISMA SE EFECTIVIZARA DENTRO DE LOS 90 DIAS DE PRESENTADA LA SOLICITUD. PARA EL AÑO 1997 LA OPCION SE PODRA EJERCER DESDE EL 1/1 HASTA EL 30/4/97.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 18 DEL DECRETO 504/1998 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, B.O. 13/05/1998, PAGINA 2.