Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


UNIDAD DE COMUNICACIÓN DE GESTIÓN PRESIDENCIAL

Decreto 710/2021

DCTO-2021-710-APN-PTE - Créase y desígnase Titular.

Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-97625104-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y se establecieron, asimismo, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por razones de optimización de la gestión de gobierno resulta necesario modificar los objetivos de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA que le depende.

Que, asimismo, resulta necesario proceder a la creación de la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial, como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra.

Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso que las designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario o Subsecretaria o de rango o jerarquía equivalente o superior y de titulares o integrantes de órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el Objetivo 10 y en la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, los Objetivos 5 y 9.

ARTÍCULO 2°.- Créase, con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra, cuyas funciones se detallan en la planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto (IF-2021-98132702-APN-DNDO#JGM).

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022 se suprime la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra creado por el  presente artículo. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

ARTÍCULO 3°.- Desígnase, a partir de la fecha de la presente medida, en el cargo de titular de la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial a la señora Gabriela Carla CERRUTI (D.N.I. N° 17.875.702).

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - E/E Eduardo Enrique de Pedro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/10/2021 N° 77477/21 v. 15/10/2021

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

UNIDAD DE COMUNICACIÓN DE GESTIÓN PRESIDENCIAL

FUNCIONES:

1. Actuar en calidad de portavoz de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comunicando las medidas de gobierno.

2. Entender en el diseño y la articulación de la estrategia de comunicación presidencial y en la difusión de los objetivos de gestión del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3. Asistir a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en la tarea de brindar la información pertinente referida a las diversas actividades desarrolladas en la gestión de Gobierno.

4. Articular con la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa y comunicación presidencial.

5. Articular con la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, locales e internacionales.

IF-2021-98132702-APN-DNDO#JGM


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