MINISTERIO DE LA PRODUCCION Y DE SALUD
LEY DE MINISTERIOS - SU MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Ene-2003
Resumen:
SUSTITUYENSE DETERMINADOS INCISOS DE LOS ARTICULOS 21 Y 23 DEL TITULO V DE LA LEY DE MINISTERIOS, CORRESPONDIENTES A LAS FUNCIONES DE LOS MINISTERIOS DE LA PRODUCCION Y DE SALUD, Y MODIFICASE EL OBJETIVO N° 4 DE LA SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS, DE LA JURISDICCION MENCIONADA EN SEGUNDO TERMINO, CON LA FINALIDAD DE ESTABLECER PRECISIONES SOBRE LOS COMETIDOS DE DICHOS MINISTERIOS EN RELACION CON LA FISCALIZACION SANITARIA DE ALIMENTOS.