Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 356/2016

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 15/02/2016

VISTO el Expediente N° STN:0003951/2015 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 218 de fecha 22 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los que se encuentran los referidos al MINISTERIO DE TURISMO, estableciendo sus competencias.

Que por el Decreto N° 218 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE TURISMO.

Que con miras a proveer de herramientas institucionales dirigidas al desarrollo de políticas de inversión en turismo y a su financiamiento proveniente de capitales nacionales e internacionales, resulta necesario modificar el Decreto N° 357/02 y modificatorios, a efectos de dotar al MINISTERIO DE TURISMO de una unidad de coordinación política, creando para ello la SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES TURÍSTICAS con dependencia de la citada Cartera y, en consecuencia, reorganizando los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO, dependiente de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, y de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA, dependiente del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO y el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXV correspondiente al MINISTERIO DE TURISMO, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Sustitúyense del Anexo II del artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, en el Apartado XXV, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO, dependiente de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, y de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA, dependiente del MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° — Incorpóranse al Anexo II del artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, en el Apartado XXV, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES TURÍSTICAS dependiente del MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — José G. Santos.

Planilla Anexa al artículo 1°

XXV. MINISTERIO DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES TURÍSTICAS

SECRETARÍA DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO

- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA NACIONAL

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA

- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD TURÍSTICA

Planilla Anexa al artículo 2°

MINISTERIO DE TURISMO

SECRETARÍA DE TURISMO

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO

OBJETIVOS:

1. Entender en el diseño y formulación de estrategias para la planificación del desarrollo turístico nacional.

2. Proponer al Secretario políticas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente.

3. Asistir al Secretario en la definición de las estrategias para el desarrollo de productos turísticos.

4. Asistir al Secretario en el diseño de acciones de obtención de información estadística, ejecución de estudios y análisis de mercado en materia turística.

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro en la elaboración y gestión de planes y proyectos de calidad, educación y formación turística, innovación, aplicación de nuevas tecnologías y comunicación estratégica para el desarrollo sustentable y competitivo del turismo.

2. Entender en las políticas de aplicación del Sistema Argentino de Calidad Turística y de formación en articulación con las universidades.

3. Entender en las políticas de innovación en turismo incorporando las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

4. Supervisar y coordinar la comunicación estratégica del Ministerio y del Instituto Nacional de Promoción Turística.

5. Coordinar las acciones tendientes a la innovación y el desarrollo del turismo con el Instituto Nacional de Promoción Turística en materia de turismo internacional receptivo, con las demás áreas del Ministerio e incluso de otros Ministerios, en especial en los programas del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

6. Entender en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.

7. Entender en las relaciones institucionales con las organizaciones y con los organismos públicos provinciales y nacionales referidos a la actividad turística y con los regionales e internacionales oficiales y privados, en materia de innovación y calidad.

8. Entender en la consolidación y expansión del método alternativo de resolución de controversias a lo largo del territorio nacional.

Planilla Anexa al artículo 3°

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES TURÍSTICAS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro en la elaboración y gestión de planes y proyectos vinculados con las políticas de inversión en turismo.

2. Entender en las políticas de financiamiento y de incentivo a la inversión de capitales nacionales e internacionales en un marco de desarrollo sustentable del sector.

3. Entender en la generación de proyectos de inversión en turismo federal, y de integración de las economías regionales.

4. Asistir al Ministro en la definición de las estrategias de financiamiento de inversiones con los organismos internacionales de crédito.

5. Entender en las políticas de incentivo al emprendedurismo en materia turística, brindando las herramientas para su desarrollo federal, en cada destino del país y coordinando su accionar con las áreas competentes.

6. Entender en la sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.
Scroll hacia arriba