Normativa
Bs. As., 10/12/2011
VISTO el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase Subsecretario de Relaciones Institucionales de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor D. José Alberto VITAR (D.N.I. Nº 11.475.124).
Art. 2º — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación, Nº 20.957, al señor D. José Alberto VITAR, mientras dure el desempeño de sus funciones como Subsecretario de Relaciones Institucionales de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderán con cargo a los créditos específicos del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.
VISTO el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase Subsecretario de Relaciones Institucionales de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor D. José Alberto VITAR (D.N.I. Nº 11.475.124).
Art. 2º — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación, Nº 20.957, al señor D. José Alberto VITAR, mientras dure el desempeño de sus funciones como Subsecretario de Relaciones Institucionales de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderán con cargo a los créditos específicos del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.