Normativa
Bs. As., 14/10/75
VISTO el proyecto de Ley N° 21.117, comunicado por el H. Congreso, al efecto del artículo 69 de la Consitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Los fundamentos que da cuenta el mensaje que se temite en al fecha al Honorable Congreso de la Nación, y en el ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72 de la Constitución Nacional;
EL PRESIDENTE PROVISORIO DEL SENADO DE LA NACION EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1° .- Vétase el adjunto proyecto de ley 21.117.
Art. 2°.- Comuníquese, pubíquese , dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VISTO el proyecto de Ley N° 21.117, comunicado por el H. Congreso, al efecto del artículo 69 de la Consitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Los fundamentos que da cuenta el mensaje que se temite en al fecha al Honorable Congreso de la Nación, y en el ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72 de la Constitución Nacional;
EL PRESIDENTE PROVISORIO DEL SENADO DE LA NACION EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1° .- Vétase el adjunto proyecto de ley 21.117.
Art. 2°.- Comuníquese, pubíquese , dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LUDER
Antonio F. Cafiero
Antonio F. Cafiero