Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 1717/2007

Modifícase el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios. Organigrama de aplicación, correspondiente a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Creación de la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Objetivos. Dirección Nacional de Control Ambiental. Dependencia.

Bs. As., 27/11/2007

VISTO el Decreto Nº 1919 del 26 de diciembre de 2006, el Expediente Nº 1086/2007 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de sus Subsecretarías dependientes.

Que en razón del incremento de las tareas de fiscalización encomendadas a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta necesaria la creación de una nueva Subsecretaría que le brinde asistencia en la formulación e implementación de las políticas de fiscalización, control y preservación ambiental nacional.

Que el incremento señalado surge de la designación de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, como Autoridad de Aplicación de diversas Leyes, tales como la Ley Nº 26.184, la Ley Nº 25.675 y la Ley Nº 24.051, y afecta el volumen de tareas de la Dirección Nacional de Control Ambiental, por lo que deviene menester la jerarquización del área de control ambiental, y la adecuación de su situación institucional al cumplimiento de los objetivos que de hecho se le requiere.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Servicio Jurídico Permanente de la jurisdicción han tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de aplicación—, el Apartado XII, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º — Incorpórase al Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —apartado XII— correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los objetivos de la SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Establécese que la DIRECCION NACIONAL DE CONTROL AMBIENTAL, con actual dependencia de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dependerá de la SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION de dicha Secretaría, juntamente con las unidades que le dependen.

Art. 4º — Sustitúyese el Anexo I del Decreto Nº 1919 del 26 de diciembre de 2006, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 5º — Establécese que el gasto emergente de la presente medida deberá ser imputado a las partidas específicas del Presupuesto Vigente para el Ejercicio Financiero 2007 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y al presupuesto que para sucesivos Ejercicios Financieros se asigne a la misma.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández.

Planilla anexa al artículo 1º

XII - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

- SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION

- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

- SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS

SECRETARIA DE DEPORTE

- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DEPORTIVO

- SUBSECRETARIA DE DEPORTE SOCIAL

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL

- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES

- SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y

PREVENCION DE LA CONTAMINACION.

Planilla anexa al artículo 2º

SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y

PREVENCION DE LA CONTAMINACION

Objetivos:

1. Asistir a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación e implementación de una política de fiscalización, control y preservación ambiental nacional.

2. Confeccionar, diseñar y difundir las herramientas técnicas y de gestión para la adecuada implementación de una política de control, comprensiva del diagnóstico, prevención, preservación y recomposición ambiental.

3. Propender a la toma de conciencia y la participación de la sociedad argentina en todo lo atinente a la fiscalización y control ambiental, generando mecanismos de difusión de información relativa a dicha temática.

4. Fomentar, evaluar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados al control ambiental y a las temáticas asociadas al mismo, así como a la preservación del ambiente y a la prevención de la contaminación en todas sus formas.

5. Intervenir en la elaboración del diagnóstico y actualización permanente de la información relativa a la situación de las áreas de control y fiscalización ambiental a nivel nacional y de los resultados que cada una de ellas obtiene.

6. Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la aplicación de toda la normativa ambiental que contenga el deber de control y fiscalización por parte de la Secretaría a su cargo.

7. Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales e ínter jurisdiccionales vinculados a la política de control y fiscalización ambiental en todas sus facetas, canalizando las relaciones emergentes de los acuerdos multilaterales ambientales sobre sustancias, productos químicos y desechos suscriptos por el País.

Planilla anexa al artículo 4°

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