Presidencia de la Nación

Decisión 36 / 2004

CONSEJO DEL MERCADO COMUN


CONSEJO DEL MERCADO COMUN

SISTEMA INTERCAMBIO INFORMACION SEGURIDAD

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
23

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 36/04

DEL MERCOSUR (SISME)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 7/96 y los Acuerdos Nº (s) 1/97, 1/98, 8/98, 16/03 y 04/04 de la Reunión de Ministros de Interior del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:

Que para hacer frente a las actividades del crimen transnacional organizado es esencial contar con un ágil y oportuno intercambio de información.

Que el actual Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR (SISME) requiere perfeccionamiento.

Que es necesario adoptar un mecanismo flexible de gestión.

DECIDE:

Art. 1 – Aprobar el nuevo diseño operacional del "Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR (SISME)", elaborado por la Reunión de Ministros del Interior, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.

Art. 2 – El Sistema de Intercambio de Información estará abierto a la participación de los Estados Asociados, en los términos del Acuerdo Marco sobre Cooperación en Materia de Seguridad Regional entre los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Art. 3 – La presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes del MERCOSUR, por reglamentar aspectos de la organización y del funcionamiento del MERCOSUR.

XXVII CMC – Belo Horizonte, 16/XII/04

ANEXO

SISTEMA DE INTERCAMBIO DE INFORMACION DE SEGURIDAD

DEL MERCOSUR

• FUNDAMENTOS:

Teniendo en cuenta el fenómeno de la delincuencia y del crimen organizado en el contexto del proceso de integración regional, situación que se ve facilitada por las posibilidades que otorga la circulación de personas y de bienes en el ámbito del MERCOSUR y Estados Asociados, resulta necesario destacar:

• Que la disposición efectiva y oportuna de la información necesaria es vital en los procesos investigativos de ilícitos en general;

• Que la delincuencia organizada dispone y utiliza medios y tecnología de avanzada, al contar con amplios recursos financieros;

• Que para alcanzar éxitos en la lucha contra esas organizaciones debe apelarse a medios y tecnología de punta;

• Que la implementación de un Sistema de Información requiere, como primera etapa, la definición y posterior consenso de sus objetivos, alcances, estructura, administración y tipo de información que se procesará.

• OBJETIVO:

Poner en funcionamiento y mantener el "Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR", para que a través de él se puedan desarrollar los procedimientos administrativos y de seguridad, apoyados en medios informáticos y de comunicaciones de última tecnología, que permitan organizar, controlar y dinamizar las actividades operativas de los organismos relacionados con la problemática de seguridad de cada Estado Parte.

• ALCANCE:

Procesar información relacionada con sucesos operacionales policiales, personas, vehículos y otros elementos que oportunamente se determinen al efecto, a través de los medios tecnológicos que a tal fin se establezcan.

Para ello resulta necesario:

• Desarrollar los mecanismos de consulta y difusión de los datos, relativos a información de interés para la seguridad de los Estados con el objeto de alcanzar la efectiva disposición de la información en tiempo y forma, mejorando los procedimientos operacionales entre las organizaciones de Seguridad y Policiales.

• Crear los procedimientos de control que aseguren la oportunidad, exactitud, e integridad de la información.

• Establecer un Sistema técnico que permita a las organizaciones, instituciones y Fuerzas de Seguridad y Policiales que entienden en la problemática de seguridad, contar con medios informáticos y de comunicaciones ágiles, seguros y modernos.

• Definir con precisión los componentes del sistema.

• ESTRUCTURA

a. El sistema estará constituido por Nodos que en su totalidad conformarán una Red Integrada de Información de Seguridad del MERCOSUR y Estados Asociados.

b. Los Nodos serán de dos tipos:

- Los Nodos Nacionales.

- Los Nodos Usuarios.

c. Los Nodos Nacionales velarán por dar respuesta a los requerimientos de información generadas por el resto de los Nodos Nacionales.

d. Los Nodos Usuarios tendrán como responsabilidad poner a disposición la información al Nodo Nacional en los períodos y forma definidos en la Reglamentación del Sistema. También serán responsables de la recepción y transmisión de datos desde y hacia cada una de sus terminales.

e. Se agrega como Apéndice I un gráfico demostrativo de la estructura propuesta para el Sistema MERCOSUR y Estados Asociados.

• ADMINISTRACION DEL SISTEMA:

Del Nodo Nacional:

Será administrado por integrantes de las distintas Instituciones Policiales y Fuerzas de Seguridad y aquellos organismos que hayan sido convocados y otros que resulte conveniente convocar por la Autoridad Nacional correspondiente, según las competencias en cada país miembro del MERCOSUR, y si fuera el caso, de los Estados Asociados.

Tendrá como responsabilidad la consistencia y congruencia de los datos que son aportados al Nodo Nacional que solicita la información.

Del Nodo Usuario:

Los Nodos Usuarios serán administrados por cada Organismo.

• REGLAMENTACION DEL SISTEMA

Antes de su implementación se deberá aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

• PRINCIPIOS BASICOS:

Cada Estado Parte y, si fuera el caso, Estado Asociado arbitrará los medios idóneos con el fin de asegurar coherencia, integridad, seguridad y disponibilidad de las estructuras de datos que se definan.

A. Informáticos:

1) Sistemas que permitan:

a) Integridad y consistencia de la información.

b) Descentralización de la actualización de información que le compete a cada país.

c) Accesibilidad de la Red en forma permanente.

d) Administración y auditoría de la Red en forma descentralizada.

e) Brindar un permanente acceso a los datos en cada Nodo.

2) Equipamiento de última generación con capacidad de ser tolerante a fallas.

B. Comunicaciones:

Vínculos disponibles y adecuados entre los Nodos Nacionales.

• SERVICIOS EN LA RED

Al momento de su puesta en marcha, en cada Nodo Nacional, deberán proveerse los siguientes:

a. Un sistema de mensajería electrónica entre los distintos Nodos del Sistema.

b. Un Sistema informático que permita, en una primera etapa, sistematizar los siguientes tipos de información:

1) Sobre Personas:

• Pedidos de capturas, paraderos y comparendos nacionales e internacionales como así también prohibiciones y autorizaciones de ingreso y egreso al país de personas nacionales y extranjeras.

• Visas otorgadas y denegadas.

• Interdicciones y rechazos producidos en los Pasos de Fronteras extra MERCOSUR Ampliado y solicitudes de residencia denegadas.

• Tráfico de personas.

• Habilitación de licencias para conducir transportes de cargas de Sustancias Peligrosas.

• Registro de menores con paradero desconocido.

2) Sobre Bienes:

• Secuestro de automotores, embarcaciones y aeronaves.

• Secuestro de armas.

• Identificación de Contenedores en Tránsito, al producirse el Ingreso y Egreso a los distintos países.

3) Sucesos Operacionales Policiales

Los principales datos que deberán contener el siguiente tipo de información:

• Hecho policial (tipificación)

• Fecha de ocurrencia

• Hora de ocurrencia

• Lugar de ocurrencia

• País

• Unidad Policial con jurisdicción en el territorio

• Unidad Policial interviniente en el hecho

• Autores

• Víctimas

• Objetos del hecho

• Narración

• Número de registro

• Fecha de alta del registro

c. Todo otro servicio que en el futuro se decida sistematizar, deberá ser propuesto al grupo de trabajo "Grupo Especializado de Trabajo Informática y Comunicaciones" para su inclusión en la Red, el cual entenderá en lo atinente a modificaciones de arquitectura, sistemas de intercambio de datos y procedimientos, para lo cual este Grupo establecerá en el Reglamento del Sistema la forma en que estas modificaciones deberán ser implementadas.

APENDICE I

ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE INTERCAMBIO DE INFORMACION DE

SEGURIDAD DEL MERCOSUR

Fig. 1 – Red de Comunicación

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