Presidencia de la Nación

Comunicación B 8033 / 2003

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

EXIGENCIA DE CAPITAL MINIMO POR RIESGO DE MERCADO

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
17

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

ENLACES AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION 'B' 8033. 31/10/2003. Ref.: Circulares LISOL - 1 - 194 y LISOL - 1 - 399. Exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado. Volatilidades para noviembre de 2003. Capital mínimo por riesgo de tasa de interés. Tasa a aplicar a los flujos futuros de fondos de activos y pasivos actualizables por 'CER' y 'CVS'.

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