Presidencia de la Nación

Comunicación A 4851 / 2008

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

EXIGENCIA DE EFECTIVO MINIMO POR DEPOSITOS EN MONEDA EXTRANJERA

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
25

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION "A" 4851. 16/10/2008. Ref.: Circular LISOL 1 – 490; OPRAC 1 – 616. Exigencia de efectivo mínimo por depósitos en moneda extranjera. Aplicación de la capacidad de préstamo de depósitos en moneda extranjera. Modificaciones.

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