Presidencia de la Nación

Comunicación A 3239 / 2001

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
9

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

ENLACES AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION "A" 3239 - 23/3/01. Ref.: Circular LISOL 1 - 330. Requisitos mínimos de liquidez. Exigencia sobre colocaciones a la vista de fondos comunes de inversión

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