Presidencia de la Nación

Comunicación A 3203 / 2000

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
8

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

ENLACES AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION "A" 3203 (22/12/00). Ref.: Circular LISOL 1 - 324. Requisitos mínimos de liquidez. Tasa de cargo sobre deficiencias de integración por defectos de aplicación de recursos en moneda extranjera.

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