Normativa
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Dejar sin efecto la obligación de constituir la reserva especial prevista en el punto 5.3. del Capítulo I de la Circular OPRAC-1 (texto según la Comunicación “A” 1124).
2. Derogar las disposiciones del punto 8. del Capítulo I de la Circular OPRAC-1 (Comunicación “A” 49)”.
e. 10/1 Nº 305.098 v. 10/1/00