Presidencia de la Nación

Comunicación A 2893 / 1999

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

CAPITALES MINIMOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
8

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( B.C.R.A.)

ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION 'A' 2893 - 31/3/99 - Ref.: Circular LISOL 1 - 232. Capitales mínimos de las entidades financieras. Clasificación de deudores y previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad. Tratamiento de la insuficiencia de previsiones.

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