Presidencia de la Nación

Comunicación A 2833 / 1998

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
16

Normativa

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

ENLACE AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD CITADA

COMUNICACION 'A' 2833. 24/12/98. Ref.: Circular LISOL 1-220. Requisitos mínimos de liquidez. Traslados de deficiencias de integración. Incumplimientos.

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