Presidencia de la Nación

Circular 5 / 2016

ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA


MINISTERIO DE SALUD

PRODUCTOS MEDICINALES CONTENIENDO TOXINA BOTULINICA

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
47

Normativa

Circular 5/2016 Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2016

Debido a algunos inconvenientes surgidos en la dispensación de productos medicinales conteniendo toxina botulínica, la ANMAT aclara que tanto médicos como odontólogos están habilitados para prescribirlos y aplicarlos para el tratamiento de las indicaciones contempladas en el prospecto del producto.

Dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.

Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.

e. 24/06/2016 N° 42946/16 v. 24/06/2016
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