Presidencia de la Nación

Acordada 42 / 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 29-Dic-2017
Resumen:

DECLARAR QUE LA LEY 27.275 RESULTA CONSISTENTE CON LOS PRINCIPIOS DE ACCESO A LA INFORMACION, PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA DE LA GESTION PUBLICA QUE VIENE DESARROLLANDO ESTA CORTE SUPREMA DESDE EL DICTADO DE LAS ACORDADAS REFERIDAS EN LOS CONSIDERANDOS; POR LO QUE CORRESPONDE ADOPTAR, EN EL AMBITO DE ESTA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA NORMA DE REFERENCIA, EN TODO LO QUE RESULTE APLICABLE. DISPONER QUE EL REGIMEN ESTABLECIDO EN LA LEY 27.275 NO SERA DE APLICACION RESPECTO DE AQUELLOS DOCUMENTOS O ACTOS JURISDICCIONALES O ADMINISTRATIVOS QUE TENGAN UN PROCEDIMIENTO PROPIO PREVISTO POR UNA LEY U OTRA NORMA O SE RIJAN POR UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL DISPUESTO POR ESTE TRIBUNAL; EN CUYO CASO SE DEBERAN SEGUIR DICHAS REGLAMENTACIONES. POR LO QUE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY NO PODRA SUSTITUIR LA APLICACION Y SUJECION A LAS NORMAS PROCEDIMENTALES U OTRAS DISPOSICIONES ESPECIALES QUE REGULAN LA ACTUACION JURISDICCIONAL O DE SUPERINTENDENCIA DE ESTA CORTE.

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