El SINTyS coordina el intercambio de información patrimonial y social de personas entre organismos públicos del Poder Ejecutivo y actores del Poder Judicial.
Ante requerimientos judiciales debidamente justificados, el SINTyS tiene habilitados dos canales oficialmente establecidos para brindar información en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales:
Requisitos para diligenciar oficios a SINTyS
- El oficio deberá estar dirigido a la Dirección Nacional del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social.
- En su encabezado deberá contener caratula, número de causa, juzgado interviniente y jurisdicción.
- En los casos en que el oficio se encuentre enmarcado dentro del artículo 400 del CPCCN, el mismo deberá contener el auto judicial que ordena el libramiento y encontrarse debidamente firmado por Juez y/o Secretario del órgano judicial.
- La información requerida por la autoridad deberá tratarse sobre alguna de las partes intervinientes y enunciados en autos (demandado y/o demandante). Caso contrario, deberá ser expresamente enunciado en el auto de requerimiento.
- Si la tramitación del oficio se realiza mediante la plataforma TAD, la persona que lo gestione deberá encontrarse debidamente autorizada en autos para su diligenciamiento.
SINTyS no recibirá ni contestará oficios judiciales que sean presentados en formato físico o vía correo electrónico.