Si necesitás importar mercadería destinada a la rehabilitación, tratamiento y capacitación de personas con discapacidad y verificás que no se fabrique en el país, podés tramitar por Aduana la exención del pago de todos los impuestos.
La inexistencia de producción nacional de implantes cocleares, sus procesadores o sus accesorios se da por verificada de acuerdo a la Resolución SI N° 38/2018.
¿Qué necesito?
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Si sos una persona física:
- Tener fotocopia del DNI (1ra y 2da hoja).
- Tener fotocopia del certificado de discapacidad.
- Tener folletos y características en castellano del bien que se desea importar.
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
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Si actuás en representación de la persona beneficiaria, también debés presentar:
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Copia del DNI de la persona beneficiaria y fotocopia del DNI de quien lo tramita (1ra y 2da hoja).
- Certificado de discapacidad de beneficiario.
- Tener folletos y características, en castellano, del bien a importar
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Acreditación del vínculo con el beneficiario (ej. Partida de nacimiento, acta de designación como curador/a tutor/a).
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
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Si se trata de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro:
- Autorización firmada por la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas que las habilite para actuar en carácter de asociaciones e instituciones cuyo objeto sea satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad
- Tener folletos y características, en castellano, del bien a importar
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
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Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
¿Cómo hago?
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Completá el formulario y adjuntá la documentación requerida según quién realice la presentación (persona física, representación de persona física o entidad sin fines de lucro). Si la carga la va a realizar otra persona, recordá que debe estar autorizada en el modelo de nota.
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Una vez realizado el trámite, se realizará la consulta correspondiente. En el caso de comprobarse la inexistencia de producción nacional, la Dirección Nacional de Industria se lo comunicará a la Dirección General de Aduanas y a vos a través de notificaciones TAD. En caso de que exista producción nacional, se te informará quién lo hace.
Contacto
- Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.
- (011) 4349-3479
¿Cuál es el costo?
Gratuito
Información complementaria
Descargas
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