Presidencia de la Nación

Tramitar la prestación por desempleo para trabajadoras/es de la construcción

Si sos trabajadora o trabajador de la construcción y fuiste despedida/o sin justa causa o estás sin empleo por finalización de obra, podés tramitar la prestación por desempleo en ANSES.

Gratuito Con turno Semipresencial beneficios sociales trabajo

Podés tramitar la prestación por desempleo si sos trabajadora o trabajador de la construcción y fuiste despedida/o sin justa causa o estás sin empleo por finalización de obra. Además, te permite cobrar las asignaciones familiares (ordinarias y extraordinarias) y mantener la obra social.

¿A quién está dirigido?

A trabajadoras y trabajadores de la construcción comprendidos en el Régimen Nacional de la Construcción Ley 25.371.

Tené en cuenta

Tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.

¿Qué necesito?

DNI (original y copia).

Documentación que demuestre el desempleo (original y copia), según se indica en cada caso:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por el juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra, o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa (Art. 242 LCT): telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el interesado (ver aclaraciones).
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: ejemplar del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de la empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del Acta de Defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Importante

En todos los casos deberás presentar tarjeta o libreta de trabajo que indique el cobro del Fondo de Cese Laboral. En caso que la trabajadora o trabajador no lo haya cobrado y si transcurrieron menos de 60 días corridos desde el despido, deberá presentar telegrama o carta documento intimando a la empleadora o empleador el pago del Fondo de Cese Laboral.

Tené en cuenta que si hubo un cruce de telegramas con tu empleadora o empleador y te consideraste despedida/o, deberás realizar un trámite previo.

¿Cómo hago?

1

Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente.

2

Podés iniciar este trámite por internet

Ingresando a Atención Virtual de ANSES con tu CUIL y tu Clave de Seguridad Social.

3

También podés sacar un turno para solicitar esta prestación de forma presencial

  1. Sacá un turno en ANSES.
  2. Presentate en la oficina de ANSES el día del turno con la documentación requerida.

Ya cobro Desempleo

Revisá todos los meses el recibo de cobro. El Ministerio de Trabajo puede citarte. Si no te presentás, te suspenderán la prestación.

Si empezás a trabajar nuevamente, deberás suspender el cobro antes de los 5 días de iniciado el nuevo trabajo.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito



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