Presidencia de la Nación

Constituí tu asociación civil de primer grado con objeto social tipificado y estatuto pre-aprobado por la Inspección General de Justicia, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El trámite está exento del pago de:

  • el arancel de constitución
  • la reserva de denominación
  • de individualización y rúbrica de los libros obligatorios.

¿A quién está dirigido?

A quienes quieran constituir una asociación civil con los siguientes objetos:

  • Atención de derechos económicos, sociales y culturales , dedicando su actividad a la asistencia directa en territorios o comunidades en situación de pobreza y/o vulnerabilidad
  • Erradicación de las violencias de género y atención de sus víctimas
  • Cooperadoras de establecimientos educativos
  • Clubes de Barrio
  • Espacios Culturales Independientes
  • Centros de Jubilados
  • Bibliotecas Populares.
  • Garantizar el pleno ejercicio de los Derechos Humanos de las personas LGTTTBIQNB+.
  • Asistir y promover el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad y/o con Enfermedades Poco Frecuentes.

¿Qué necesito?

Una vez finalizada la constitución de la asociación civil, recordá gestionar la CUIT y solicitar la rúbrica de libros.

¿Cómo hago?

  1. Completá el acta de constitución y el estatuto.
    Acompañá 1 (una) copia simple y 1 (una) copia protocolar (con 8 cm. de margen izquierdo o al 75% en hoja A4) de los Proyectos de Acta y Estatuto firmados.

  2. Realizá el trámite de Reserva de denominación

  3. Completá las declaraciones juradas PEP (Personas Expuestas Políticamente) de las autoridades, con firma original de las mismas o del representante legal.

  4. Generá el formulario denominado “AUTORIZACION PARA FUNC. COMO PERS. JURIDICA (RES 01/2020)”.

  5. Sacá turno en Mesa General de Entradas para presentar el trámite con toda la documentación solicitada.

  6. Una vez que presentes el trámite y sea analizado por los Inspectores, nos contactaremos para coordinar la realización de la asamblea de constitución en la Inspección General de Justicia, con todas las autoridades de tu asociación civil, al correo electrónico del representante denunciado en el proyecto de acta constitutiva.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Información complementaria

Resolución General IGJ 01/2020
Resolución General IGJ 07/2020
Resolución General IGJ 14/2021
Resolución General IGJ 16/2021
Resolución General IGJ 12/2023

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