Presidencia de la Nación

Abonar la Tasa en concepto de verificación y control del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento

Si sos beneficiario del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, debés pagar las tasas mensuales y anuales correspondientes.


Si sos beneficiario del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, debés abonar las siguientes Tasas:

  • Tasa mensual: 2% del monto de beneficio percibido en concepto de bono de crédito fiscal correspondiente al 70% u 80%, según corresponda, de las contribuciones patronales abonadas por la beneficiaria sobre el personal dedicado a las actividades promovidas. Debe ser abonada mensualmente dentro de los 15 días hábiles desde la percepción del beneficio.

  • Tasa anual: 2% del monto del beneficio percibido en concepto de reducción del impuesto a las ganancias determinado para cada ejercicio. Debe ser abonada anualmente a los 15 días hábiles de la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada correspondiente.

El pago de estas tasas permite solventar las tareas de auditorías, verificaciones, inspecciones, controles y evaluaciones que permitan determinar el debido cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

¿A quién está dirigido?

  • MiPyMEs, grandes empresas, asociaciones, cooperativas y otras instituciones beneficiarias del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

¿Qué necesito?

Si abonás la Tasa mensual, presentar Formulario 931 de Contribuciones patronales, correspondiente a el o los períodos sobre los que se obtuvo el beneficio.

Si abonás la Tasa anual, presentar la DDJJ de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio sobre el que obtuvo el beneficio.

Si sos adherente de la Ley de Promoción de Software debes presentar un trámite por período a abonar.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal nivel 3 o superior.

2

Iniciá el trámite y validá tus datos, siempre en representación de la empresa.

3

Seleccioná la opción que corresponda al pago que vas a efectuar y completá tus datos en los formularios.

4

Hacé click en “Confirmar trámite”.

5

Ingresá al expediente.

6

Seleccioná la forma de pago.

7

Aboná tu tasa.

8

Cuando el pago se encuentre acreditado, el expediente se iniciará automáticamente. Esto puede demorar hasta 96 hs.

9

Una vez que el expediente se encuentre confirmado, en la solapa “Mis trámites” vas a poder verificar la creación del mismo.

Para más información, mirá el Manual de uso. Si tenés dudas o consultas, completá este formulario.

Información complementaria




Descargas

Manual de uso TAD (1.0 Mb)

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