Presidencia de la Nación

Medidas adoptadas por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal con el fin de evitar la propagación del Coronavirus (COVID-19)


De conformidad a las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto N°297 del 19 de marzo de 2020, prorrogado por el Decreto N°325 del 31 de marzo de 2020, dictados con el fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19), se informa que se dispone la atención al público exclusivamente en forma telefónica y mediante correo electrónico.
Asimismo, se informan los Trámites NO PRESENCIALES que podrán gestionarse, de acuerdo a la modalidad detallada:

Pagos por Tesorería: se realizará a la casilla de correo electrónico [email protected]
Recibos de haberes: deberán descargarse de la página web sin excepción.
Solicitud de certificados de haberes: se realizará a la casilla de correo electrónico [email protected], o bien por teléfono al 0810-333-2757 de 9 a 17 HS. remitiéndose el certificado por correo electrónico o postal.
Problemas de registración en la página Web: deberá requerirse asistencia mediante correo electrónico a la casilla [email protected] o al Centro de Atención Telefónica 0810-3332757 de 9 a 17 HS.
Consultas sobre impuesto a las ganancias: se realizará a la casilla de correo electrónico [email protected]
Cambio de Boca de Pago: se realizará a la casilla de correo electrónico [email protected].
Consultas sobre estado de trámites o temas generales: se realizará mediante correo electrónico a la casilla [email protected] o al Centro de Atención Telefónica 0810-3332757 de 9 a 17 HS.

Las presentes medidas fueron tomadas con el fin de mitigar la propagación epidemiológica planteada y su impacto sanitario, en lineamiento con la normativa citada anteriormente.
En este orden de ideas, y con el fin de llevarle tranquilidad, queremos hacerle saber que el pago de los haberes del mes de marzo/20 fue acreditado, como de costumbre, el 1° de Abril/20.

Atento a que la totalidad de los beneficiarios del Organismo cuentan con tarjeta de débito de la entidad bancaria correspondiente, instamos a proceder al cobro de haberes por cajero automático y evitar concurrir personalmente a dichas entidades, sin perder de vista las recomendaciones del Ministerio de Salud, cuyos enlaces se acompañan:

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