Presidencia de la Nación

Residencia Temporaria para ciudadanos de Estados Parte y Asociados al MERCOSUR, permite permanecer en el país por dos (2) años, prorrogables con entradas y salidas múltiples.

¿A quién está dirigido?

Podes tramitar tu residencia temporaria por nacionalidad si sos nacional nativo de:

  • URUGUAY
  • BRASIL
  • PARAGUAY
  • BOLIVIA
  • CHILE
  • PERÚ
  • ECUADOR
  • COLOMBIA
  • VENEZUELA
  • GUYANA
  • SURINAM

O nativo de un país NO MERCOSUR y nacionalizado con una antigüedad mínima de CINCO (5) años en alguno de los siguientes países:

  • BRASIL
  • PARAGUAY
  • URUGUAY
  • BOLIVIA
  • CHILE
  • COLOMBIA
  • ECUADOR
  • PERU

¿Qué necesito?

  • Documentación Personal.

    • Acreditar Identidad mediante la presentación de Pasaporte válido y vigente o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC).

    • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Solo exigible a mayores de 16 años) – Incorporado al sistema Radex, no es necesaria su tramitación por fuera.-

    • Certificado que acredite fehacientemente que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años (Solo exigible a mayores de 16 años de edad).

    • Acreditación de Domicilio.

    • Ingreso regular.

  • Menores de edad:

    • Las personas menores de 18 años deben presentar partida de nacimiento legalizada y contar con la autorización de alguno de sus padres, quien deberá presentarse al momento de realizar el trámite con DNI vigente.

    • La autorización debe ser suscripta ante autoridad competente.

    • En el supuesto que los padres no residan en el territorio nacional, debe contar con un tutor designado, quien debe acreditar residencia legal en el país y demostrar con el instrumento público la designación de tutor sobre el menor.

    • La partida de nacimiento y poder emitido en el exterior deben presentarse debidamente legalizados ante el Consulado Argentino o apostillado de la Convención de la Haya o legalizado por el consulado del país emisor del documento acreditado en Argentina (solo en documentos emitidos en países pertenecientes al MERCOSUR).

¿Cómo hago?

  1. Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

  2. Registrate como usuario, completá el formulario de solicitud y aboná las tasas correspondientes.

  3. Adjuntá la documentación y datos requeridos según el tipo de residencia a la que quieras aplicar.

  4. Si cumplís con los requisitos para formalizar tu solicitud, recibirás un email con la fecha de tu cita presencial.

¿Cuál es el costo?

Vigencia


Se otorga una residencia temporaria por un plazo máximo de 2 años, prorrogable.

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