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Preguntas frecuentes sobre mediación


¿Qué es la mediación?

La mediación es un método que permite la resolución de conflictos de manera pacífica, a través del diálogo entre las partes, donde el mediador como tercero neutral las acompaña para que ellas mismas, como protagonistas, encuentren las soluciones más beneficiosas.

Tipos de mediación:

  • Mediación pública (Ley 26589)
    Es realizada por un mediador matriculado en el Registro Nacional de Mediación, que es sorteado por la Cámara correspondiente.
  • Mediación privada (Ley 26589)
    El mediador es elegido por las partes a propuesta de quien inicia la acción. Debe estar matriculado en el Registro Nacional de Mediación.

¿Cómo inicio una mediación?

En la mediación pública, el mediador es sorteado por la cámara correspondiente y éste fija posteriormente la fecha de la audiencia a la que se debe concurrir con un abogado.

En la mediación privada, el mediador es propuesto por el reclamante de una lista de 8 mediadores quien junto con la fecha de la primera audiencia le notifica al demandado que se ha iniciado el proceso. El demandado puede o no aceptar la propuesta.

¿Existen mediaciones gratuitas?

El Ministerio de Justicia y Derecho Humanos ofrece mediaciones gratuitas en el Centro de Prevención y Resolución de Conflictos dependiente de la a Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos para personas de escasos recursos. También es necesario acudir con un abogado.

¿Qué características tiene la mediación?

El acuerdo en una mediación tiene el carácter de cosa juzgada. A su vez, si no se llegará a un acuerdo, el acta habilita la vía judicial.

La concurrencia a la primera audiencia es obligatoria para las partes, que deben concurrir con abogado.

Se tratan temas familiares (alimentos, tenencia, régimen de visitas, etc.) y patrimoniales (daños y perjuicios, reclamos por sumas de dinero, incumplimiento de contrato, etc.).

¿Qué es la conciliación laboral?

La conciliación laboral es la instancia prejudicial obligatoria mediante la cual se llevan a cabo todos los reclamos que tengan que ver con cuestiones laborales.

Es de carácter gratuito para el trabajador y de bajo costo para el empleador.

Ante un despido, el trabajador puede recurrir al SECLO (Servicio de Conciliación Obligatoria - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social), que recibe el reclamo, sortea un conciliador laboral matriculado en el RENACLO (Registro Nacional de Conciliadores Laborales) y fija la primera audiencia.

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