Presidencia de la Nación

Dirección de Sociedades Comerciales


Funciones Directora de Sociedades Comerciales:

  1. Intervenir en los trámites de inscripción de entidades civiles y comerciales, fideicomisos, transferencias de fondos de comercio, matrículas, poderes, contratos asociativos y demás documentos cuya registración disponga o autorice la ley. Realizar la anotación de medidas judiciales y/o administrativas.
  2. Establecer los lineamientos para el control de legalidad de los instrumentos registrables, los técnicos contables del control a su cargo, como así también los necesarios para la aprobación de planes y bases técnicas de las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro.
  3. Supervisar y establecer los criterios de las inspecciones a su cargo y disponer la concurrencia a asambleas y reuniones de órganos directivos de entidades fiscalizadas.
  4. Recibir, analizar y proponer cursos de acción ante actuaciones sumariales y las denuncias que se presenten contra entidades comerciales, en el ámbito de su competencia.
  5. Proceder a la fiscalización de entidades comerciales incluidas en el artículo 299 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales, sociedades de capitalización y ahorro y sociedades extranjeras inscriptas conforme el artículo 118 de la ley citada.
  6. Verificar el cumplimiento de normas técnico-contables respecto de las entidades comerciales.
  7. Intervenir en la emisión y control de tasas que percibe el organismo.
  8. Llevar el registro de entidades inactivas, verificar los procedimientos de cumplimiento e intervenir en los procesos de validaciones con otros organismos.
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