Santa Fe
Toda la información requerida que se vincule con los/as electores/as extranjeros/as residentes en la Argentina que viven en la Provincia de Santa Fe, se debe solicitar al Tribunal Electoral de la provincia.
Característica del voto
Los/as extranjeros/as de la provincia de Santa Fe gozan de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitución Nacional y Provincial, inclusive de aquellos no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran. Serán de aplicación a los/as electores/as extranjeros/as las mismas disposiciones que a los ciudadanos/as argentinos/as en relación a las inhabilidades, impedimentos y faltas electorales previstas en la legislación vigente.
(Art. 25, de la Ley 13.461).
Requisitos para poder votar
Para ser elector/a deberás cumplir los siguientes requisitos:
1) Tener dieciocho (18) años.
2) Acreditar dos (2) años de residencia continua y efectiva en el municipio o un año para el caso de las comunas.
3) Contar con Documento de Identidad para extranjeros/as emitido por la autoridad nacional competente.
4) Saber leer y escribir en idioma nacional.
5) Cumplimentar con las demás condiciones que determinen las respectivas leyes orgánicas de Municipalidades y Comunas.
Categoría/s de cargos a elegir
Categorías municipales.
Inscripción en el padrón
Si sos extranjero/a, el empadronamiento es automático a partir del otorgamiento del Documento Nacional de Identidad. A los fines electorales se publicará un padrón provisorio de extranjeros/as con domicilio y residencia en la provincia de Santa Fe, siendo de aplicación las disposiciones electorales para ciudadanos/as argentinos/as.
Normativa
Descargas
Constitución de la Provincia de Santa Fe (381.3 Kb)
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