Neuquén
Toda la información requerida que se vincule con los/as electores/as extranjeros/as residentes en la Argentina que viven en la Provincia de Neuquén, se debe solicitar a la Junta Electoral de la provincia.
Característica del voto
Los/as extranjeros/as serán electores/as y elegibles para los cargos municipales.
Requisitos para poder votar
Para ser elector/a tenés que cumplir los siguientes requisitos:
1) Tener dieciocho (18) años cumplidos a la fecha de la inscripción.
2) Comprobar de manera fehaciente una residencia inmediata y continuada de dos (2) años dentro del ejido municipal.
3) No estar comprendido/a dentro de las inhabilidades a las que se refiere el artículo 3º de la Ley N°165 y no haber sido condenado/a por delitos atentatorios a la soberanía del país.
Categoría/s de cargos a elegir
Categorías municipales.
Inscripción en el padrón
Si sos extranjero/a deberás solicitar la inscripción por escrito ante el Juez de Paz.
(Art. 155, Ley 165 y modificatorias)
La calidad de elector/a del extranjero/a inscripto/a se mantendrá en las sucesivas convocatorias electorales municipales, mientras no corresponda su baja del padrón electoral por alguna de las causales de inhabilidades. Una vez inscripto/a se te entregará un Carnet de Elector Extranjero que contendrá todos tus datos, fotografía, firma e impresión digital. Dicho carnet deberás exhibirlo obligatoriamente al votar y en él se dejará constancia de la emisión del voto.
(Art. 156 y 157, Ley 165 y modificatorias).