Infracciones ambientales
La responsabilidad primaria del área de Infracciones Ambientales consiste en sustanciar las actuaciones previas (sumarios administrativos) a la aplicación de sanciones por la transgresión a las mencionadas normas de las que la Subsecretaría de Ambiente es autoridad de aplicación.
Entre las acciones principales del área podemos destacar:
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Tramitar las actuaciones sumariales iniciadas por incumplimientos a la normativa ambiental.
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Instar la aplicación de sanciones que correspondan por dichos incumplimientos.
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Notificar los actos administrativos sancionatorios y de su vía recursiva.
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Remitir las actuaciones al servicio jurídico permanente para la ejecución judicial de las sanciones aplicadas.
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Verificar el pago de multas.
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Dar respuesta a oficios judiciales.
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Tramitar pedidos de información pública ambiental.
Una infracción ambiental se verifica con el incumplimiento a la normativa ambiental específica referente a la conservación de la fauna, a los residuos peligrosos, a los efluentes líquidos industriales y/o especiales, y/o a los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos, no peligrosos y bifenilos policlorados (PCBs).
Instructivos útiles para los administrados
El pago de las infracciones se realiza en forma electrónica, vía Volante de Pago Electrónico (VEP) a través de la plataforma “eRecauda” del Sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional.
El presente instructivo es una guía para asociar al usuario ARCA del administrado al correspondiente servicio e-Recauda.
Si necesita asistencia para generar una boleta de pago VEPs, puede consultar el instructivo.
En el caso de interponer un recurso de reconsideración o jerárquico se realiza en forma electrónica a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), mediante el trámite “Infracciones Ambientales - Descargo y/o Respuesta ante Requerimientos de la Dirección de Protección Ambiental”