Toda persona física o jurídica, para poder comercializar, multiplicar semillas debe inscribirse en una o varias de las categorías del Registro Nacional de Comercio y Fiscalizacion de Semillas (RNCyFS)
¿A quién está dirigido?
A toda persona que importe o exporte, produzca semilla fiscalizada, procese, analice, identifique y/o venda semilla.
¿Qué necesito?
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Una vez confirmada la inscripción podrá gestionar los usuarios y/o perfiles para el Portal de Gestión de INASE según el instructivo
Se recomienda tener conocimiento de los siguientes items:
- Instructivo de inscripción.
- En caso de querer inscribir un laboratorio, debe comunicarse primero con la Dirección de Calidad.
- En caso de querer inscribirse como vivero, tener en cuenta las resoluciones 149/98, 207/99, 811/00, 742/01 y 834/05
- Si se inscribirá para trabajar con Cannabis sativa L tener en cuenta la Resolución INASE N° 484/2025.
¿Cómo hago?
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Ingresa a la plataforma TAD.
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Completa la información de la solicitud de inscripción
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Adjunta la documentación complementaria obligatoria.
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Una vez abonada la inscripción, la empresa quedará inscripta automáticamente y desde el RNCyFS se gestionará el usuario de cabecera.
¿Cuánto tiempo lleva?
Hábiles
¿Cuál es el costo?
El valor de la inscripción está determinado por la categoría a la cual se inscribe. El arancel por inscripción de cada categoría incluye el valor de la primera anualidad.
Vigencia
Desde el momento de su inscripción hasta el 31/03 más próximo.
El vencimiento de la anualidad es el 31 de marzo de cada año y el pago de la renovación anual deberá realizarse dentro de los SESENTA (60) días corridos posteriores a la fecha antes mencionada. Res. INASE Nº 205/17
1 año, pasado ese lapso debe renovarse pagando la anualidad correspondiente (categorias aranceladas) y/o presentar la DDJJ de la producción anual de viveros