Presidencia de la Nación

Toda persona humana o jurídica que realice estudios de impacto ambiental en los que tome intervención la Subsecretaría de Ambiente tiene que estar inscripto en este Registro. Se encuentran incluidos los agentes o funcionarios públicos que realicen estudios de impacto ambiental en el marco de sus funciones y competencias.

¿A quién está dirigido?

  • Consultores individuales y empresas consultoras (incluidas instituciones educativas y científicas) responsables de estudios de impacto ambiental.

  • Funcionarios o agentes públicos que realicen estudios de impacto ambiental como parte de sus funciones oficiales.

¿Qué necesito?

  • Consultores individuales
    • Formulario de inscripción

    • Título/s terciario o universitario de grado, debidamente legalizado (frente y dorso donde se puedan ver los sellos de legalización oficial correspondientes) Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados a nivel nacional de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación de la Nación

    • En caso de contar con título/s de posgrado, adjuntarlo

    • Constancia de capacitación conforme al artículo 10º de la Res. SAyDS Nº 102/19

    • Curriculum vitae

    • El profesional graduado de una carrera que no prevea incumbencias ambientales, para poder inscribirse debe acreditar, en su curriculum vitae, antecedentes profesionales en materia ambiental (participación en grupos interdisciplinarios de estudios de impacto ambiental, de diagnóstico ambiental, etc.), indicando rol y tareas desempeñadas en cada caso

  • Firmas consultoras
    • Formulario de inscripción

    • Documento legal constitutivo y sus modificaciones, donde conste que su objeto social se encuentra vinculado a la materia ambiental

    • DNI y constancia de CUIT del representante legal designado

    • Documento de inscripción en la Inspección General de Justicia o en el Registro Público de Comercio de la provincia que corresponda

    • Resumen de experiencia en materia ambiental (estudios de impacto ambiental, diagnóstico ambiental, etc.)

  • Instituciones educativas o científicas
    • Formulario de inscripción

    • Resolución estatutaria

    • Documento con la designación del representante legal (sea por resolución estatutaria, nota de la máxima autoridad, etc.)

    • DNI y constancia de CUIT del representante legal designado

    • Resumen de experiencia en materia ambiental (estudios de impacto ambiental, diagnóstico ambiental, etc.)

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD, en el trámite “Registro Nacional de Consultores en evaluación Ambiental (RNCEA)”, con clave fiscal.

  2. Tenés que indicar si lo querés tramitar en calidad de consultor individual o empresa de consultoría.

  3. Adjuntá la documentación solicitada.

    Dentro de la documentación, se requiere que cargues la “Constancia de capacitación art.10º”. En relación a este requisito, lo que debés hacer es descargar y leer el documento “Capacitación RNCEA” y contestar las preguntas del documento “Evaluación- Constancia de capacitación art.10º”. Una vez contestadas la totalidad de las preguntas, guardar el documento y cargarlo en el apartado “Constancia de capacitación art.10º”.

  4. Confirmá el trámite.

  5. Esperá la notificación vía mail en la que informa que tiene una tarea para realizar en TAD. Si se requieren varios firmantes, cada uno recibirá una notificación por correo electrónico para las tareas dentro de TAD.

  6. Seguí la solicitud. Podés monitorear su progreso en TAD y encontrar cualquier solicitud de información adicional en la sección "Notificaciones". La misma puede ser aprobada, rechazada o, en el caso que correspondiese, implicar algún tipo de corrección.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 10 días hábiles

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia

2 años

El certificado de inscripción tiene una validez de dos años, a contar desde la fecha de su emisión.

Todo inscripto en el RNCEA debe renovar su inscripción a través de la plataforma TAD. Transcurridos los 30 días hábiles de su vencimiento.

En caso de que el inscripto no realice la renovación, se producirá su baja automática del Registro.

El inscripto puede realizar el trámite de renovación dentro de los 15 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del certificado.

Tanto los consultores individuales como las firmas consultoras inscriptas deben informar, a través de la plataforma TAD, toda modificación de los datos declarados en el formulario de Inscripción, dentro de los 10 días de acontecida.

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