Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
Consultar Información Legislativa y Documental InfoLeg
Consultar Cooperativas suspendidas por incumplimiento a las Resoluciones INAES Nros. 5586/12 y 5588/12
Consultar Mutuales suspendidas por incumplimiento a las Resoluciones INAES Nros. 5586/12 y 5588/12
- Evaluaciones de Riesgo de Lavado de Activos (ENRLA) y de Financiamiento del Terrorismo y de Proliferación de armas de destrucción masiva (ENRFTFP)
- Estrategia Nacional para la Prevención y el Combate al Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
Ver la normativa dictada por la Unidad de Información Financiera orientada al sector y a su autoridad de aplicación
Resolución UIF Nº 11/2012 - Determina en su art. 2° las entidades de la economía solidaria que son sujetos obligados a informar ante la Unidad de Información Financiera, a saber:
1. Las entidades cooperativas que realicen operaciones de crédito sujetas al régimen de la Ley Nº 20.337, y resoluciones de la autoridad de aplicación.
2. Las mutuales que prestan el servicio de ayuda económica y que se encuentran sujetas al régimen de la Ley Nº 20.321
3. Las entidades que prestan el servicio de gestión de préstamos en el marco de la Resolución Nº 1481/09 INAES, sean cooperativas ó mutuales.
Asimismo establece las medidas y procedimientos que esos Sujetos Obligados deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Resolución UIF Nº 12/2012 - Establece que el INAES y los OLC con los cuales tenga suscripto o no convenio a fin de ejercer la fiscalización pública, son sujetos obligados a informar ante la Unidad de Información Financiera.
Asimismo establece las medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que pudieran constituir delitos de Lavados de Activos y Financiación del Terrorismo.
Resolución UIF Nº 104/2010 - Reglamentación del procedimiento de supervisión del cumplimiento de la normativa de la UIF por parte de los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246.
Resolución UIF Nº 11/2011 y Resolución UIF Nº 52/2012 - Personas Expuestas Políticamente
Resolución UIF Nº 50/2011 - Registración de los Sujetos Obligados.
Resolución UIF Nº 51/201 – Reporte de Operaciones Sospechosas “On Line”.
Resolución UIF Nº 140/2012 , modificatoria de la Resolución UIF Nº 11/12 – Fideicomisos.
Resolución UIF Nº 92/2012 , modificatoria de la Resolución Nº UIF 12/12.
Resolución UIF Nº 111/12 , modificatoria de la Resolución Nº UIF 12/12.
Ver la normativa dictada por este Instituto en el marco de la Lucha contra el lavado de activos y el Financiamiento del Terrorismo
Resolución INAES Nº 2439/12 , en la que se aprueba el Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Resolución INAES Nº 5.586/12 dispone que las cooperativas y mutuales que se encuentran comprendidas en el artículo 2° de la Resolución Nº UIF 11/12 deben adicionar en sus registraciones la identificación de CUIT, CUIL o CDI de sus asociados y enviar electrónicamente al organismo toda la información identificatoria de los mismos en forma trimestral dentro de los 10 días siguientes a la terminación del trimestre tomando en cuenta el cierre de cada ejercicio social. La primera información debe enviarse dentro de los 60 días corridos contados desde el 1 de octubre de 2012.
Resolución INAES 5.588/12 las entidades comprendidas en la Resolución Nº 11/12 de la Unidad de Información Financiera o en cualquier otra que la sustituya o complemente, deben presentar:
1. En caso de recibir donaciones o aportes de terceros al tiempo de su constitución o con posterioridad, una declaración jurada sobre la licitud y origen de esos fondos acompañada de la documentación de respaldo, al momento de solicitar la autorización para funcionar o en su defecto con cada presentación de estados contables.
2. Una declaración jurada sobre la condición de persona expuesta políticamente de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización. Esa presentación se efectúa al tiempo de solicitar la autorización para funcionar, con cada modificación en la integración de esos órganos o al quedar encuadrado en ese carácter.
3. Las cooperativas y mutuales comprendidas en la Resolución Nº 11/12 de la UIF o en cualquier otra que la sustituya o complemente deben presentar al INAES una declaración jurada en la cual se informe y, en su caso, se acompañe la documentación que seguidamente se individualiza: a) Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia y código postal) b) Número de teléfono actualizado de la sede social, dirección de correo electrónico; c) C.U.I.T.; d) Actividad principal realizada y volumen de ingresos/facturación anual e) Copia del acta del órgano decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social, certificadas por escribano público o por el propio sujeto obligado; f) Titularidad del capital social (actualizada); g) Copia del acta del órgano de administración de distribución de cargos, de designación de representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social, certificadas por escribano público o por el propio sujeto obligado; h) Datos identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados y/o autorizados con uso de firma, que operen en nombre y representación de la entidad; i) Datos identificatorios del oficial de cumplimiento designado, con la correspondiente constancia de inscripción ante la UIF; j) Que la entidad ha elaborado y aprobado un manual de procedimientos para la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo. La declaración jurada debe ser actualizada ante cada modificación de la información suministrada.
Resolución 5596/2012: Designación del Oficial de Cumplimiento y Oficial de Cumplimiento Suplente del INAES. Se adjunta al presente informe.
Resolución Nº 4909/2013: Modifica el «Manual de Procedimientos para la Prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo del INAES». El Manual crea circuitos y procedimientos de tratamiento como expediente electrónico de las alertas generadas por operaciones inusuales, respetando las competencias de las áreas.
Resolución Nº 4910/2013: Aprueba el «Manual de Supervisión, Fiscalización e Inspección In Situ y Extra Situ del INAES para sujetos obligados por la Resolución UIF 11/2012». El Manual crea los procedimientos de supervisión de acuerdo a lo solicitado por la UIF en su normativa de colaboración.
Resolución Reservada INAES Nº 4911/2013: Aprueba la «Matriz de Riesgos y Alertas de Supervisión ALA/CFT del INAES».
Resolución N° 690/14: Establece un último plazo para presentar la documentación exigida por las Resoluciones INAES Nº 5586/12 y 5588/12 bajo apercibimiento de la suspensión de la autorización para funcionar. Plazo 30 días de la publicación.
Resolución N° 2592/14: Las cooperativas de servicios públicos que en sus estatutos prevean la prestación del servicio de crédito, incluyan o no en su denominación la palabra “CREDITO” o “CREDITOS”, deben presentar una declaración jurada en forma electrónica al sitio web del INAES y en formato papel, indicando la realización o no de operaciones de créditos.
Resolución N° 5284/14: Las cooperativas que incluyan en su denominación la palabra “CREDITO” o “CREDITOS”, deben presentar la declaración jurada en forma electrónica al sitio web del INAES y en formato papel, indicando la realización o no de operaciones de créditos.
Resolución N° 5450/14: Establece definiciones de la operatoria de mutuales que prestan el servicio de ayuda económica y cooperativas que presten el servicio de crédito.
Resolución Nº 6741/2014: Actualizaciones del Manual de Procedimientos en Prevención de los Delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo del INAES.
Resoluciones Nº 6742/2014: Actualización del «Manual de Supervisión, Fiscalización e Inspección In Situ y Extra Situ del INAES para sujetos obligados por la Resolución UIF 11/2012».
Resolución Reservada Nº 6743/2014: Actualización de la «Matriz de Riesgos y Alertas de Supervisión ALA/CFT del INAES